falsedad documental

La falsedad documental es un delito que consiste en alterar algún documento, es decir, realizar un acto de falsificación alterando la verdad. Estos delitos tienen un elemento material que es la mutación de la verdad y otro que es el dolo falsario.

No se precisa en las falsedades de documentos públicos, oficiales y mercantiles el ánimo de perjudicar a otro, a diferencia de lo que sucede respecto a la falsificación de documentos privados.

El Tribunal Supremo indica que este tipo de delitos requieren al menos la puesta en peligro de los bienes jurídicos que subyacen bajo el documento por lo tanto es necesario que la falsedad conlleve una perturbación de la función probatoria del documento.

Este tipo de delitos se castigan con penas de prisión de seis a tres años según sus características si han sido cometidos por particulares y si se trata de un documento público o mercantil.

Uno de los supuestos más graves sucede cuando el autor de la falsedad es un funcionario público o alguna autoridad o bien si se trata de una falsificación de una tarjeta de crédito.

Hay diversos tipos de falsedad como la material o la ideológica, la material tiene lugar cuando hay cambios en el papel escrito y verdadero, y en la falsedad ideológica el documento es verdadero desde el punto de vista material, lo que es falsa es la idea que contiene.

Otro tipo de falsedad podría ser la impropia que es aquella que consiste en el hecho de destruir o eliminar el documento que presupone ser verdadero.

En general los principales tipos de falsedad suelen ser la alteración o simulación de documentos, el tráfico de documentos de identidad y la suposición de intervención de terceras personas.

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