Tráfico de drogas
El consumo y el tráfico de drogas o sustancias estupefacientes está prohibido y castigado, recogido en el Código Penal, es un tipo penal abierto y de progresión delictiva ya que contiene tentativa y consumación. En los últimos años ha habido varias reformas respecto a las normas que regulan este delito.
Se trata de un delito que consiste en facilitar o promocionar el consumo ilícito de determinadas sustancias adictivas las cuales atentan contra la salud pública con fines lucrativos. Se incluye el trasporte, el almacenamiento y el ofrecimiento a su consumo.
Dentro del tráfico de drogas hay varios tipos como el tráfico aéreo que es el que utiliza aeronaves para transportar las sustancias estupefacientes, el marítimo que utiliza barcos o buques para transportar la droga por el mar y el terrestre que usa vehículos y otros medios de transporte.
El tráfico de drogas tiene una vertiente objetiva que se refiere a las sustancias cuya consumición abusiva provoca adicción, es decir, necesidad de seguir consumiéndola lo cual puede provocar una gran dependencia.
Existe una división entre drogas duras y blandas, aunque ambas son peligrosas y perjudiciales para la salud.
El bien jurídico que se protege es la salud pública porque castigando este delito se pretende evitar el peligro de difusión masiva de las sustancias ilegales debido a la gran capacidad que tiene la droga de originar graves perjuicios contra la salud.
Además en función de la cantidad puede no ser ilícito el consumo de drogas, pero habría que tener en cuenta el tipo de droga, quién la está consumiendo o donde. Lo peligroso es que posiblemente esta persona aunque sea para consumo propio en un futuro promueva u ofrezca la droga a terceras personas.
Respecto a la culpabilidad supuestamente todo el que las consume o trafique con ellas es culpable, aunque se puede alegar a que se actuó bajo una influencia o por amenazas.
Abogado tráfico de drogas en Palma de Mallorca
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El consumo y el tráfico de drogas o sustancias estupefacientes está prohibido y castigado, recogido en el Código Penal, es un tipo penal abierto y de progresión delictiva ya que contiene tentativa y consumación. En los últimos años ha habido varias reformas respecto a las normas que regulan este delito.
Se trata de un delito que consiste en facilitar o promocionar el consumo ilícito de determinadas sustancias adictivas las cuales atentan contra la salud pública con fines lucrativos. Se incluye el trasporte, el almacenamiento y el ofrecimiento a su consumo.
Dentro del tráfico de drogas hay varios tipos como el tráfico aéreo que es el que utiliza aeronaves para transportar las sustancias estupefacientes, el marítimo que utiliza barcos o buques para transportar la droga por el mar y el terrestre que usa vehículos y otros medios de transporte.
El tráfico de drogas tiene una vertiente objetiva que se refiere a las sustancias cuya consumición abusiva provoca adicción, es decir, necesidad de seguir consumiéndola lo cual puede provocar una gran dependencia.
Existe una división entre drogas duras y blandas, aunque ambas son peligrosas y perjudiciales para la salud.
El bien jurídico que se protege es la salud pública porque castigando este delito se pretende evitar el peligro de difusión masiva de las sustancias ilegales debido a la gran capacidad que tiene la droga de originar graves perjuicios contra la salud.
Además en función de la cantidad puede no ser ilícito el consumo de drogas, pero habría que tener en cuenta el tipo de droga, quién la está consumiendo o donde. Lo peligroso es que posiblemente esta persona aunque sea para consumo propio en un futuro promueva u ofrezca la droga a terceras personas.
Respecto a la culpabilidad supuestamente todo el que las consume o trafique con ellas es culpable, aunque se puede alegar a que se actuó bajo una influencia o por amenazas.
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